Diario de Burgos

Mantienen la absolución a un hombre que dejó tuerto a otro

F.L.D.
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El TSJ mantiene la presunción de inocencia al considerar que no hay pruebas suficientes para condenarle, como ya acordó la Audiencia Provincial

La vista se celebró en la Audiencia Provincial. - Foto: Luis López Araico

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado íntegramente los recursos presentados por el Ministerio Fiscal y la acusación aprticular contra D.G.D., que fue absuelto de un delito de lesiones grave con pérdida de órgano principal en el transcurso de una trifulca en la discoteca Nexoo, en la que otro hombre, D.P.O., perdió un ojo. De esta manera, el juez mantiene la absolución ya decretada por la Audiencia Provincial. 

El magistrado ponente recuerda en su sentencia que ya la Audiencia "tuvo muy serias dudas acerca de la autoría del hecho enjuiciado y eso le llevó a hacer prevalecer la presunción de inocencia que tenía el acusado, lo cual, al no ser, en absoluto, ilógico o irracional, debemos nosotros de corroborar".

El TSJCyL mantiene esas dudas por las pruebas practicadas, pues durante la vista oral se produjeron diversas contradicciones en las declaraciones de los testigos y del propio afectado. Así, confirman la absolución acordada previamente. 

Según recogía el escrito del Ministerio Fiscal, el acusado y víctima coincidieron el 1 de abril de 2018 en la discoteca Nexoo, ubicada en las torres de Gamonal, a eso de las cinco de la mañana. Ambos llevaban varios meses enemistado con la víctima de la agresión. Ese fue el detonante de la disputa de esa noche en el local de ocio, donde se encontraron de manera casual. Comenzaron a discutir y seguidamente terminaron enzarzados en una pelea. En un momento dado, el agresor cogió un vaso y se lo estrelló en la cabeza de tal manera que provocó a D.P.O. el estallido ocular en el ojo izquierdo, del que perdió la visión, y varias cicatrices en la cara. Estuvo, según el relato de la acusación pública, 65 días en el hospital, lo que generó unos gastos a la Gerencia Regional de Salud de 3.512,81 euros.

Por estos hechos, la Fiscalía acusaba a D.G.D. de un delito de lesiones graves con pérdida de órgano principal recogido en el artículo 149.2 del Código Penal. Por ello le pedía 8 años de prisión, así como el pago de la cantidad monetaria que generó la víctima mientras estuvo hospitalizado. También solicitaba al agresor 38.000 euros en concepto de indemnización por los daños físicos y psíquicos ocasionados al denunciante.