Diario de Burgos

'Conciliamos Navidad 2020' se podrá solicitar hasta el 10

SPC
-

El plazo de solicitudes de este programa dirigido a alumnos de entre 3 y 12 años y comenzará el 1 de diciembre

'Conciliamos Navidad 2020' se podrá solicitar hasta el 10 - Foto: David Castro

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) publica hoy la convocatoria del programa 'Conciliamos Navidad 2020', adaptado a las medidas establecidas por la autoridad sanitaria para hacer frente a la COVID-19 en la Comunidad. El programa que va dirigido a niños y niñas de entre 3 y 12 años de edad y que se desarrollará los días laborables comprendidos entre el 23 de diciembre de 2020 y el 8 de enero de 2021, en horario de franja horaria mínima y obligatoria de asistencia para los menores que vayan por la mañana, la comprendida entre las 10.00 horas y las 13.00 horas.

El programa se desarrolla en colaboración con entidades locales de las nueve provincias de Castilla y León y se financia a través de los presupuestos generales de la Comunidad y las cuotas abonadas por los usuarios calculadas en función de sus circunstancias familiares y económicas.

Los monitores encargados del desarrollo del programa tendrán alguna de las siguientes titulaciones: Monitor de ocio y tiempo libre, coordinador de ocio y tiempo libre, técnico superior en animación sociocultural o técnico superior en actividades físicas y animación deportiva.

'Conciliamos Navidad 2020' busca prestar un servicio de atención lúdica a los alumnos escolarizados durante el período vacacional, con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León. Además, y debido a la situación originada por la COVID-19, la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León podrá limitar el número máximo de menores por centro de acuerdo con las condiciones que determine la autoridad sanitaria para garantizar el cumplimiento de todas las medidas higiénico-sanitarias que deben adoptarse para evitar el contagio de la enfermedad.

De esta manera, el número mínimo de usuarios para desarrollar el programa será de 15 niños o niñas en el supuesto de municipios de más de 5.000 habitantes situados a 20 kilómetros o menos de otro municipio en el que el programa se realice; 8 niños o niñas en el supuesto de municipios de más de 5.000 habitantes situados a más de 20 kilómetros de otro municipio en el que el programa se realice; y 8 niños o niñas en el supuesto de municipios de entre 3.000 y 5.000 habitantes.

Asimismo, para determinar el número de usuarios requerido solo se tendrán en cuenta las solicitudes válidamente presentadas, pudiendo reducirse el referido número mínimo en el caso de que la autoridad sanitaria modifique las condiciones establecidas en el momento actual.

El programa 'Conciliamos Navidad 2020' se dirige a familias, personas tutoras o acogedoras con niños a su cargo de entre 3 y 12 años cumplidos a 31 de diciembre de 2020, pudiéndose aumentar hasta los 14 años cuando se trate de menores con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo. También se podrá solicitar plaza para menores que participen en programas de acogida temporal en familias castellanas y leonesas con los límites de edad anteriormente señalados.

Los progenitores, personas tutoras o acogedoras de los menores deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: desarrollar una actividad profesional durante los días de vacaciones escolares de la Navidad del año 2020 y en la franja horaria para la que se solicita el programa; realizar actividades formativas impulsadas por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria para la que se solicita el programa; presentar un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con, al menos, dicho grado de discapacidad; tener reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes; o padecer enfermedad grave y/o deban seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos.

Además, el menor para el que se solicita plaza en el programa y, al menos, uno de los progenitores, personas tutoras o acogedoras, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud, aunque no se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades mantiene un año más las cuotas de dicho programa, que se determinará en función de la capacidad económica familiar y será el resultado de multiplicar la cuota diaria que se señala a continuación por el número de días laborables que contenga cada semana en las que se dividen el período de Navidad: capacidad económica familiar de hasta 9.000 euros está exento de abono de cuota, desde 9.000,01 euros y hasta 18.000 euros, pagará 4 euros al día y más de 18.000 euros abonará seis euros diarios.

Asimismo, estarán exentos del abono de la cuota entre otros: las familias numerosas de categoría especial cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere 40.000 euros; los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad o de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias de Castilla y León; las víctimas del terrorismo; los hijos de las víctimas de violencia de género y las familias numerosas de categoría general, cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere los 40.000 euros, tendrán una bonificación del 50 por ciento de la cuota. 

Además, En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar sean usuarios del programa Conciliamos, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25 por ciento de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía en aquellos casos en que las cuotas sean diferentes. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado las bonificaciones o cuando alguno de ellos esté exento de cuota.