Diario de Burgos

En manos de un jurado popular

F.L.D. / Burgos
-

Los escritos llegarán en los próximos días a la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que señalará fecha para el juicio por la agresión mortal al celador del HUBU en la calle Vitoria. Es posible que se celebre en primavera de 2024

La Audiencia tiene copada su agenda hasta el mes de mayo. - Foto: Luis López Araico

Dada la gravedad de los hechos enjuiciados, será un jurado popular quien decida sobre la culpabilidad de los acusados por la agresión mortal al celador del HUBU en la calle Vitoria en junio de 2022. Será una vista oral que se celebrará en la Audiencia Provincial de Burgos, aunque todavía no hay fecha porque la instrucción finalizó hace apenas unos días y los escritos de calificación de las partes aún no se han remitido a la Sección Primera. 

A día de hoy, la agenda de la Audiencia Provincial está prácticamente completa hasta el mes de mayo de 2024. Eso significa que es improbable que el juicio se celebre antes de esa fecha. Todo parece indicar, por tanto, que será en la primavera del próximo año, justo antes de que expire el plazo de dos años que marca la ley para mantener la prisión provisional de los dos acusados y evitar, así, la petición de una prórroga. 

Los once miembros del jurado popular (nueve más dos suplentes), tendrán que decidir sobre la culpabilidad de los dos procesados por el crimen ocurrido el 18 de junio de 2022. Su veredicto marcará el devenir de las penas impuestas. Si consideran la muerte de Juan Cruz B.M. un asesinato, como aseguran la fiscal y la acusación particular, se enfrentan a condenas de entre 15 y 25 años de cárcel. La máxima es, recordemos, la que solicita el Ministerio Público, al concurrir a su juicio el agravante de disfraz, ya que antes de la paliza los acusados se pusieron las camisetas en la cabeza para cubrir sus rostros. 

Sólo hay que recordar algunos casos similares para darse cuenta de la importancia del jurado en este tipo de procedimientos. El antecedente más reciente es de hace apenas unos meses. El tribunal confeccionado para juzgar el crimen del joven Francis Frías calificó de asesinato los hechos al considerar que la víctima no tuvo opción de defenderse. Cabe recordar que el agresor atacó con un cuchillo al fallecido, al que localizó gracias a la ayuda de su cómplice. La sentencia decretó sin embargo la pena mínima de 15 años, y no los 18 y 20 que solicitaban las acusaciones, al entender que no había circunstancias que agravasen la extensión de la condena. 

Un caso muy similar al actual es la brutal paliza que acabó con la vida del joven Jonatan Gómez en mayo de 2009. El juicio se celebró hace once años contra cuatro acusados. La Fiscalía pidió una condena de 13 años para cada uno de ellos por la comisión de un delito de homicidio doloso. En su opinión, aunque no había intencionalidad de matar a la víctima, debieron asumir que los golpes propinados podían desembocar en tan terrible desenlace. La acusación particular sí que consideró los hechos como asesinato y solicitó 20 años. 

Sin embargo, el jurado popular consideró este crimen un homicidio imprudente en concurso con un delito de lesiones graves, declaró culpables a tres de los acusados y dejó libre de todos los cargos al cuarto. Fueron condenados por la Audiencia Provincial a una pena de 5 años de prisión. Sin embargo, las acusaciones recurrieron este fallo ante el TSJ, que elevó al doble las penas. Los magistrados de las estancias superiores no las volvieron a rebajar.