Diario de Burgos

Seis meses de cárcel por denunciar el falso robo de su móvil

I.E. / Burgos
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La madre de un menor terminó reconociendo en la Comisaría de Burgos que había mentido, que su hijo lo había perdido. «Me aconsejaron mal», declaró

La Policía Nacional recibió la denuncia en 2020. - Foto: Alberto Rodrigo

Ya lo advirtió la Comisaría de Burgos hace menos de un año. Las denuncias falsas de los ciudadanos para garantizarse la cobertura del seguro están aumentando. Y dichas conductas están tipificadas en el Código Penal con penas de prisión. Es cierto que la Policía Nacional no judicializa todos los casos, pero sí lo hace cuando los autores se muestran demasiado obstinados en su versión, lo que equivale a detraer recursos públicos -en personal y en dinero- en una investigación que no va a dar ningún fruto porque tiene origen en una reclamación fraudulenta. 

El juzgado de lo penal número 3 de Burgos ha condenado a una mujer burgalesa a seis meses de prisión por la comisión de un delito de estafa. La acusada acudió el 18 de mayo de 2020 a la Comisaría de Burgos para denunciar que ese mismo día, sobre las 15:30 horas, le habían robado a su hijo un móvil Apple Iphone 11 cuando caminaba por una calle de la ciudad.

Los investigadores no dieron con los ladrones y, según señala la sentencia, el 20 de mayo la denunciante compareció de nuevo en sede policial para reconocer que había sido «mal aconsejada» a la hora de presentar la reclamación y de que realmente a su hijo no le habían sustraído el terminal sino que la había perdido. Aseguraba, además, que no había dado parte al seguro y que, por tanto, su denuncia inicial no se ajustaba a la realidad.

Pero lo cierto es que pese a admitir tal extremo, la mujer rellenó una solicitud dirigida a la entidad aseguradora Telefónica Insurance SA, firmada por su marido como tomador de la póliza, tras lo cual recibió en su casa un nuevo teléfono valorado en 723 euros. Es por esta razón por la cual la sentencia, confirmada por la Audiencia Provincial, condena también a la mujer a indemnizar a la aseguradora con esa cantidad de dinero. 

El abogado de la acusada recurrió el fallo ante el tribunal provincial por considerar que no quedó acreditada la comisión del delito porque la mujer puso la denuncia «en base a lo que le relató su hijo» y que, además, el tomador del seguro no era ella sino su marido. 

Pero la Audiencia no da ninguna importancia a dichas alegaciones pues «lo relevante» en este caso es que tras la presentación de la denuncia «se contactó con Telefónica Insurance» y la aseguradora procedió a remitir un nuevo teléfono en sustitución del supuestamente sustraído «sin que conste que su esposo o la acusada lo devolvieran» al saber que dicho móvil no había sido robado sino que lo había perdido su hijo.

Asimismo, la sección penal de la Audiencia considera que en la acción de la acusada se reúnen los requisitos del delito de estafa, puesto que «el ánimo fraudulento deviene de un engaño previo, bastante y eficiente». La sentencia de segunda instancia subraya que la mujer «era conocedora, cuando rellenó el formulario de la aseguradora, de que realmente el móvil no había sido sustraído sino que su hijo lo había extraviado». Y pese a ello «no actuó con otro fin que no fuera el de obtener un beneficio económico ilícito mediante un fraude a la compañía de seguros». Contra la resolución cabe recurso extraordinario ante el Tribunal Supremo.